Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 20 ene 2013
Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar cuantas normas de carácter reglamentario sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
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eli/es-ar/l/2012/12/13/8#disposicion-final-primera

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