Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 20 ene 2013
Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado de la presente ley se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.
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eli/es-ar/l/2012/12/13/8#disposicion-adicional-cuarta

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