Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 153
En vigor desde 14 jul 2010
Se crea la Comisión Interdepartamental de Coordinación de Políticas Locales, con el fin de garantizar la coordinación de las acciones, planes, ayudas e incentivos de la administración autonómica dirigidas a las entidades locales.
En esta comisión podrán participar las entidades locales afectadas y, en su caso, la administración del Estado.
Sus funciones, composición y funcionamiento se regularán reglamentariamente.
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Proeli/es-vc/l/2010/06/23/8#art-153