Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 4 dic 2009
Las funciones de la asamblea constituyente son: 1. Ratificar a los miembros de su comisión gestora o bien nombrar a los nuevos, y aprobar, si procede, su gestión. 2. Aprobar los estatutos definitivos del colegio. 3. Elegir a las personas que deben ocupar los cargos correspondientes en los órganos colegiales.
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