Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección I. Cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos municipales
Art. 11
En vigor desde 6 ago 2008
1. Constituye el hecho imponible del canon sobre la deposición controlada de los residuos municipales la destinación de estos residuos a las instalaciones de deposición controlada de los residuos, tanto de titularidad pública como privada.
2. Constituye el hecho imponible del canon sobre la incineración de los residuos municipales la incineración de estos residuos en instalaciones de incineración, tanto de titularidad pública como privada.
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Proeli/es-ct/l/2008/07/10/8#art-11