Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 23 may 2007
En tanto no se desarrolle reglamentariamente la estructura orgánica de la Unidad de Gestión del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación las funciones atribuidas a la misma serán desempeñadas directamente por la consejería competente en materia de política científica.
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eli/es-mc/l/2007/04/23/8#disposicion-adicional-quinta

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