Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 12 jul 2007
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan o contradigan lo establecido en la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2007/06/13/8#disposicion-derogatoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil