Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 1 ene 2009
1. Se crea el Consejo Superior del Cooperativismo de la Región de Murcia que adoptará la forma jurídica de fundación privada y se regirá por lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
2. Los Estatutos de la Fundación establecerán la composición y funciones de la misma; estando integrada por la Administración regional y las organizaciones representativas del cooperativismo de la Región de Murcia.
Se modifica por la disposición adicional 5.2 de la Ley 7/2008, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2282 .
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2006/11/16/8#disposicion-adicional-cuarta