Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 23 jun 2006
Se autoriza el consejero competente en materia de presupuestos para que, a propuesta del consejero competente en materia de transporte y con los trámites previos pertinentes, transfiera al Consorcio de Transportes de Mallorca las dotaciones presupuestarias de los presupuestos generales de las Illes Balears destinadas a finalidades relacionadas con el objeto del Consorcio de Transportes de Mallorca.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2006/06/14/8#disposicion-adicional-quinta