Capítulo CAPÍTULO XIII

Art. 28

En vigor desde 6 dic 2002
La Comunidad de Madrid cooperará con la Administración General del Estado y con cuantas Instituciones Públicas sean competentes en materia de juventud, con el fin de unir esfuerzos en la consecución de objetivos comunes.
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eli/es-md/l/2002/11/27/8#art-28

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