Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

En vigor desde 26 jul 1984
El incumplimiento de las obligaciones inherentes a la función social de la propiedad de la tierra facultará a la Administración Autónoma para acordar la expropiación del dominio o del uso de la finca, imponer planes de mejora forzosa, y determinará la exacción del Impuesto sobre Tierras Infrautilizadas regulado en esta Ley.
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eli/es-an/l/1984/07/03/8#art-3

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