Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional duodécima
En vigor desde 27 sept 2024
En el plazo de un año desde la publicación de la presente ley, se procederá a iniciar la elaboración del instrumento de planeamiento previsto en el artículo 73.
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Proeli/es-cl/l/2024/06/20/7#disposicion-adicional-duodecima