Capítulo CAPÍTULO III
Art. 24
En vigor desde 14 mar 2023
1. La competencia para resolver corresponderá a la persona titular de la Dirección Gerencia de Aragonesa de Servicios Telemáticos.
2. A la vista de la propuesta elevada por la comisión técnica de evaluación, la persona titular de la Dirección Gerencia de Aragonesa de Servicios Telemáticos dictará una resolución motivada sobre cada una de las solicitudes de calificación de Solución Cloud Certificada de Aragón.
3. Las resoluciones que otorguen la calificación de Solución Cloud Certificada de Aragón, además de identificar al proveedor de tecnologías cloud , determinarán los servicios para los que se concede, el periodo de validez conforme a lo establecido en el artículo siguiente y las obligaciones más significativas que para el operador implica la calificación.
4. El plazo máximo para notificar la resolución expresa será de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico del Gobierno de Aragón. Transcurrido dicho plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo e interponer los recursos que procedan.
5. Se creará un apartado en el Portal del Gobierno de Aragón en el que se dará publicidad sobre las empresas proveedoras de servicios de tecnologías cloud que han obtenido la calificación de Solución Cloud Certificada de Aragón, así como el plazo de validez de su calificación.
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Proeli/es-ar/l/2023/02/23/7#art-24