Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 5

En vigor desde 19 dic 2023
1. Es sujeto pasivo contribuyente del impuesto valenciano sobre estancias turísticas toda persona física que realice una estancia en cualquiera de los establecimientos de alojamiento turístico mencionados en el artículo 3.1, o bien aquella persona o entidad, con personalidad jurídica o sin ella, a cuyo nombre se entregue la factura o documento análogo por la estancia de personas físicas en estos establecimientos. 2. En el supuesto de embarcaciones de crucero turístico, se considera sujeto pasivo contribuyente el crucerista que esté en tránsito en el momento de devengo del impuesto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2022/12/16/7#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil