Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 37
En vigor desde 2 ene 2022
La Cámara de Cuentas elaborará la relación de puestos de trabajo de la misma y propondrá su aprobación por la Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha. Asimismo, corresponde a la Cámara de Cuentas la aprobación de la oferta de empleo público, así como la convocatoria de los procesos selectivos del personal al servicio de la misma, en orden a la cobertura de los puestos de trabajo vacantes dotados presupuestariamente. Todo ello, en los términos establecidos en el artículo 24.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2021/12/03/7#art-37