Título TÍTULO VII
Art. 47
En vigor desde 2 may 2019
1. La evaluación y seguimiento de las políticas desarrollas en materia de emprendimiento y trabajo autónomo corresponderá al departamento competente en materia de economía y empleo.
2. Anualmente dicho departamento elaborará un informe sobre el grado de ejecución de las medidas concretas contempladas en los Planes Estratégicos del Emprendimiento y del Trabajo Autónomo en Aragón.
3. Dicho informe se publicará en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2019/03/29/7#art-47