Título TÍTULO X
Art. Disposición adicional decimocuarta
En vigor desde 14 jun 2015
En el ejercicio de la potestad sancionadora y atendiendo a los principios generales e informadores del derecho sancionador, los municipios, a través de la correspondiente ordenanza, podrán posibilitar la sustitución de las multas impuestas por infracciones administrativas, por la ejecución de trabajos en beneficio de la comunidad vecinal.
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Proeli/es-cn/l/2015/04/01/7#disposicion-adicional-decimocuarta