Título TÍTULO VI
Art. Disposición final primera
En vigor desde 2 ene 2015
El apartado 1 del artículo 34 de la Ley 1/1994, de 24 de mayo, de Accesibilidad y Eliminación de Barreras en Castilla-La Mancha, se modifica como se indica a continuación:
«1. Las sanciones que podrán imponerse en función de la calificación de la infracción, serán las siguientes:
a) Las infracciones leves, con multa de 301 a 30.000 euros.
b) Las infracciones graves, con multa de 30.001 euros a 90.000 euros.
c) Las infracciones muy graves, con multa de 90.001 euros a 1.000.000 de euros.»
Historial de versiones
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Proeli/es-cm/l/2014/11/13/7#disposicion-final-primera