Título TÍTULO VI
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 2 ene 2015
El párrafo b) del artículo 37.2 de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, se modifica como se indica a continuación:
«b) Prestación de apoyo para el mantenimiento y desarrollo de habilidades y competencias básicas para la vida a personas con determinadas necesidades específicas: tiene por objeto el desarrollo de intervenciones especializadas orientadas a mejorar la calidad de vida y a propiciar la participación activa en su entorno familiar y comunitario. Tendrán tal consideración los servicios de capacitación sociolaboral para las personas con discapacidad.»
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Proeli/es-cm/l/2014/11/13/7#disposicion-final-tercera