Título TÍTULO IV
Art. 63
En vigor desde 30 jun 2015
1. El ejercicio del derecho de acceso a los documentos de titularidad pública y obtención de copias de los mismos está sujeto a lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 86 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y al procedimiento que se regula en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.
2. Las personas responsables de los archivos podrán autenticar copias y emitir certificaciones de documentos bajo su custodia.
3. La obtención de reproducciones de los documentos estará condicionada por su estado de conservación.
Téngase en cuenta que la redacción del apartado 1, establecida por la disposición final 3.4 de la Ley 1/2014, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2014-7534 . entra en vigor el 30 de junio del 2015. Redacción anterior: 1. El ejercicio del derecho de acceso a los documentos de titularidad pública y obtención de copias de los mismos está sujeto a lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 86 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y al procedimiento que se establezca mediante orden por la consejería.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 3.4 de la Ley 1/2014, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2014-7534 .
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2011/11/03/7#art-63