Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria quinta
En vigor desde 7 abr 2011
Los puestos de naturaleza laboral existentes en los diferentes servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana se amortizarán para adecuarlos a la naturaleza jurídica del personal de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento regulada en la presente ley, conforme dichos puestos vayan quedando vacantes. Entre tanto, a dicho personal le será de aplicación también la legislación laboral vigente en el ámbito de la administración local.
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Proeli/es-vc/l/2011/04/01/7#disposicion-transitoria-quinta