Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

En vigor desde 15 feb 2007
1. Conforman el Circuito Valenciano de Teatro y Danza el conjunto de municipios y entidades de la Comunitat Valenciana, que, con el doble objetivo de fomentar la atención al teatro y danza valencianos y de aproximar estas modalidades de la cultura a diferentes municipios de la Comunitat Valenciana, lleven a cabo, en instalaciones de las que sean propietarios u ostenten el uso, una programación estable de teatro y danza que ayude a la creación y consolidación de nuevos públicos. 2. El ente público Teatres de la Generalitat, ateniéndose a los principios de publicidad y concurrencia, y de acuerdo con unas bases reguladoras, colaborará económicamente con los ayuntamientos o entidades que lo soliciten y reúnan los requisitos establecidos, que conformarán el Circuito Valenciano de teatro y danza, para lo cual seguirá criterios de equilibrio territorial, y atenderá prioritariamente a los municipios o entidades que programen espectáculos de factura valenciana, o con participación valenciana, o en valenciano, valorando, junto a ello, otros criterios objetivos como: presupuesto municipal o de la entidad destinado a la exhibición, población de la localidad y público real asistente, así como resultados obtenidos. 3. El funcionamiento del Circuito Valenciano de Teatro y Danza, que se determinará en el reglamento orgánico y funcional del ente público Teatres de la Generalitat, se producirá de modo independiente al del órgano colegiado de participación de Teatres de la Generalitat, al cual corresponderá exclusivamente determinar los criterios sobre cuya base se contribuirá económicamente a las actividades de los municipios o entidades incluidos en el referido circuito.
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eli/es-vc/l/2007/02/09/7#art-13

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