Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 19 jul 2007
Las administraciones públicas de Canarias con funciones en materia de juventud son: a) La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. b) Los Cabildos Insulares. c) Los Ayuntamientos canarios. d) Los organismos autónomos y demás entidades de Derecho público que sean creados por cualquiera de las anteriores administraciones para la gestión de políticas, programas y acciones de juventud.
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eli/es-cn/l/2007/04/13/7#art-4

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