Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. 25

En vigor desde 19 jul 2007
1. El Gobierno de Canarias, en cumplimiento del mandato constitucional de proteger la familia, cualquiera que sea su modelo, desarrollará medidas encaminadas al reconocimiento y apoyo de las familias jóvenes, dadas las dificultades a las que se enfrentan en las primeras etapas de emancipación. 2. El apoyo a las familias jóvenes se plasmará en: a) La adopción de medidas para facilitar el acceso a la vivienda, ya sea en régimen de alquiler o compra. b) El asesoramiento especializado y la información precisa sobre el importante papel socializador que desempeña la familia. c) La incentivación de medidas conducentes a la instalación y el aprovechamiento de centros de educación infantil en los centros de trabajo públicos y privados, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. d) La creación de programas de ayuda y apoyo para jóvenes madres y padres con responsabilidades familiares no compartidas.
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eli/es-cn/l/2007/04/13/7#art-25

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