Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 25
28 / 73En vigor desde 19 jul 2007
1. El Gobierno de Canarias, en cumplimiento del mandato constitucional de proteger la familia, cualquiera que sea su modelo, desarrollará medidas encaminadas al reconocimiento y apoyo de las familias jóvenes, dadas las dificultades a las que se enfrentan en las primeras etapas de emancipación.
2. El apoyo a las familias jóvenes se plasmará en:
a) La adopción de medidas para facilitar el acceso a la vivienda, ya sea en régimen de alquiler o compra.
b) El asesoramiento especializado y la información precisa sobre el importante papel socializador que desempeña la familia.
c) La incentivación de medidas conducentes a la instalación y el aprovechamiento de centros de educación infantil en los centros de trabajo públicos y privados, con el fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.
d) La creación de programas de ayuda y apoyo para jóvenes madres y padres con responsabilidades familiares no compartidas.
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Proeli/es-cn/l/2007/04/13/7#art-25