Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección Primera. Estructura Orgánica de las Consejerías y Potestad de Organización

Art. 12

En vigor desde 19 ene 2005
1. La Administración General de la Comunidad Autónoma se organiza en consejerías o departamentos, al frente de los cuales habrá un Consejero, comprendiendo cada una de ellas uno o varios sectores de la actividad administrativa. 2. La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de las Consejerías se establecen mediante decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2004/12/28/7#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil