Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección Primera. Estructura Orgánica de las Consejerías y Potestad de Organización
Art. 12
En vigor desde 19 ene 2005
1. La Administración General de la Comunidad Autónoma se organiza en consejerías o departamentos, al frente de los cuales habrá un Consejero, comprendiendo cada una de ellas uno o varios sectores de la actividad administrativa.
2. La determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de las Consejerías se establecen mediante decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es-mc/l/2004/12/28/7#art-12