Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 50

En vigor desde 1 nov 2002
El ejercicio clínico de la veterinaria es incompatible con cualquier clase de interés económico directo derivado de la fabricación, elaboración y comercialización de los medicamentos veterinarios y piensos medicamentosos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2002/10/18/7#art-50

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil