Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional undécima
En vigor desde 1 ene 2009
Corresponde al Consejero competente en materia de sanidad la aprobación, modificación y supresión de las plantillas orgánicas de las instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud.
Se añade por el .3 de la Ley 9/2008, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-1177 .
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2002/12/10/7#disposicion-adicional-undecima