Art. 10

En vigor desde 13 jun 2001
1. El presupuesto de la Agencia se rige por lo que establecen el Decreto Legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña; la Ley 4/1985, reguladora del Estatuto de la Empresa Pública Catalana, y las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalidad. 2. Los contratos que suscriba la Agencia se han de ajustar a lo que establece la normativa reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas, con las particularidades derivadas de la organización y el funcionamiento de la propia Agencia.
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eli/es-ct/l/2001/05/31/7#art-10

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