Título TÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 25 dic 2000
A la entrada en vigor de la presente Ley queda expresamente derogado el capítulo I del título III de la Ley 9/1985, de 18 de diciembre, de Tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, actualmente vigente conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 3/1990, de 18 de mayo, de Tasas y Precios Públicos.
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eli/es-cm/l/2000/11/23/7#disposicion-derogatoria-unica

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