Art. Disposición final segunda
En vigor desde 21 abr 1999
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22.h) de la Ley 5/1989, de 13 de abril, de Consejos Insulares, se fija el día 15 de mayo de 1999 como fecha de efectividad de la atribución de competencias en concepto de propias que dispone la presente Ley.
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Proeli/es-ib/l/1999/04/08/7#disposicion-final-segunda