Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 28

En vigor desde 22 sept 1998
La Junta de Gobierno de la AVL se reunirá periódicamente cuando sea convocada por su Presidente, por propia iniciativa o por que lo soliciten, al menos, la mitad más uno de sus miembros, debiendo reunirse, al menos una vez al mes.
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eli/es-vc/l/1998/09/16/7#art-28

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