Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 6.ª De las obras y modificaciones del local
Art. 30
En vigor desde 22 nov 1998
Las obras de modificación del local en que se ubica una oficina de farmacia, que impliquen un desplazamiento del centro de la fachada que afecte a los accesos de la misma, estarán sujetos a la autorización previa de la Consejería de Sanidad y Consumo.
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Proeli/es-ib/l/1998/11/12/7#art-30