Art. 30
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 6.ª De las obras y modificaciones del local

Art. 30

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En vigor desde 22 nov 1998
Las obras de modificación del local en que se ubica una oficina de farmacia, que impliquen un desplazamiento del centro de la fachada que afecte a los accesos de la misma, estarán sujetos a la autorización previa de la Consejería de Sanidad y Consumo.
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eli/es-ib/l/1998/11/12/7#art-30