Art. 1

En vigor desde 19 ene 1993
La transformación económico-social mediante la realización de las obras que requiera el mejor aprovechamiento de las tierras y las aguas, y la creación o mejora de las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a efectos de lo establecido en el Libro III de la ley de Reforma y Desarrollo Agrario, se regirá con arreglo a lo dispuesto en esta Ley.
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eli/es-pv/l/1992/12/21/7#art-1

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