Título TÍTULO I

Art. 9

En vigor desde 23 abr 1985
Las normas de desarrollo de esta Ley que afecten a los Municipios, Provincias, islas u otras entidades locales territoriales no podrán limitar su ámbito de aplicación a una o varias de dichas entidades con carácter singular, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley para los regímenes municipales o provinciales especiales.
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eli/es/l/1985/04/02/7#art-9

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