Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 43
En vigor desde 27 jul 1981
El Gobierno, a través del Lehendakari, realizará ante el Parlamento, en el primer Pleno del primer período ordinario de sesiones anual, una declaración de política general que será seguida de debate, sin votación alguna.
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Proeli/es-pv/l/1981/06/30/7#art-43