Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Agencia Española del Medicamento

Art. 94

En vigor desde 1 ene 1998
Uno. La contratación de la Agencia Española del Medicamento se rige por las normas generales de la contratación de las Administraciones Públicas. Dos. El régimen jurídico de las actividades de consultoría y asistencia que la Agencia Española del Medicamento realice por medio del personal al servicio de las Administraciones Públicas será regulado en el Estatuto de aquélla.
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eli/es/l/1997/12/30/66#art-94

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