Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 24

En vigor desde 1 ene 1998
Uno. Se adiciona a la tarifa primera «Adquisición y defensa de derechos» del anexo de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, apartado 1.1, Solicitudes, el siguiente párrafo: «Por solicitud de inscripción en el Registro Especial de Agentes de la Propiedad Industrial: 10.000 pesetas.» Dos. Se adiciona a la tarifa primera «Adquisiciones y defensa de derechos» del anexo de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, el siguiente apartado: «1.7 Tasa de Solicitud para la Tramitación de los Expedientes de Certificados Complementarios de Protección de Medicamentos-Productos Fitosanitarios (CCP): 65.100 pesetas.» Tres. Se adiciona a la tarifa segunda del anexo de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, «mantenimiento y transmisión de derechos», el siguiente apartado: «2.1.1 Tasas de mantenimiento de: CCP de duración igual o inferior a un año: 93.264 pesetas. CCP de duración igual o inferior a dos años: 195.854 pesetas. CCP de duración igual o inferior a tres años: 308.703 pesetas. CCP de duración igual o inferior a cuatro años: 432.837 pesetas. CCP de duración igual o inferior a cinco años: 569.385 pesetas.» Cuatro. Se añade al artículo 157 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, una nueva letra e) del siguiente tenor: «e) Aportar justificación del pago de la tasa de inscripción.»
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eli/es/l/1997/12/30/66#art-24

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