Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 1 ene 2004
Los procedimientos administrativos y los procesos jurisdiccionales que versen sobre las materias a que se refieren el capítulo III «Medidas para la aplicación del principio de igualdad de trato» del título II y los apartados seis del artículo 50 y uno del artículo 51 de esta ley, iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la misma, continuarán sustanciándose conforme a las normas que regían a la fecha de su iniciación.
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Proeli/es/l/2003/12/30/62#disposicion-transitoria-tercera