Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria novena
En vigor desde 11 dic 2018
1. Se integra en el SEMCA en condición de «a extinguir» el personal que, a la fecha de su entrada en funcionamiento efectivo, esté en situación de servicio activo con contrato laboral fijo o situación que origine derecho a reserva de puesto en la sociedad anónima unipersonal 112 Cantabria, con los mismos derechos y obligaciones que tuvieran en el momento de su integración, sin que ello suponga la consideración como empleado público ni la incorporación a la Administración Pública autonómica ni a cualquiera de sus entidades de derecho público. Este personal, que no podrá llevar a cabo actuaciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, únicamente podrá adquirir la condición de empleado público mediante la superación de los procesos de selección que se convoquen por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos y de acuerdo con los principios contenidos en la normativa básica estatal reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. En el momento de la integración, el personal no podrá experimentar ninguna variación en cómputo anual de sus retribuciones brutas, fijas y periódicas.
3. El Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo, así como los acuerdos derivados del mismo, aplicables a la extinguida sociedad anónima unipersonal 112 Cantabria S.A.U seguirán rigiendo los derechos y obligaciones del personal laboral procedente de dicha entidad en tanto se apruebe un nuevo convenio aplicable al mismo. El régimen jurídico aplicable a este personal no podrá ser objeto de procesos de negociación en el ámbito general de la Administración Autonómica o sometido a convenios laborales vigentes en el resto de la Administración Autonómica.
4. El catálogo de puestos de trabajo derivado del convenio colectivo aplicable a la extinguida sociedad anónima unipersonal 112 Cantabria S.A.U será el instrumento de ordenación de dicho personal. Contendrá la totalidad de los puestos existentes, así como las funciones, requisitos y categorías vinculadas al desempeño de cada puesto.
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