Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Extinción de las autorizaciones

Art. 108

En vigor desde 14 jun 2018
La autorización temporal se extinguirá por las siguientes causas: a) Vencimiento del plazo de otorgamiento. b) Revisión de oficio en los supuestos establecidos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común. c) Renuncia de la persona titular. d) Mutuo acuerdo. e) Disolución o extinción de la sociedad titular de la autorización, salvo en los supuestos de fusión o escisión. f) Revocación. g) Caducidad.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2017/12/12/6#art-108

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil