Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 11 abr 2015
Tienen competencias específicas en materia de juventud la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus comarcas y sus municipios.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2015/03/25/6#art-6