Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 5
En vigor desde 11 abr 2015
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las comarcas y los ayuntamientos colaborarán e intercambiarán la información necesaria con el fin de que, en el seno del Instituto Aragonés de la Juventud, puedan llevarse a cabo las tareas de planificación, promoción y fomento de su respectiva actividad en materia de juventud.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/25/6#art-5