Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional decimocuarta

En vigor desde 26 jun 2015
Las cuantías de las multas previstas en esta ley podrán actualizarse periódicamente por Decreto del Consejo del Gobierno de la Junta de Extremadura conforme a la evolución del IPC.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2015/03/24/6#disposicion-adicional-decimocuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil