Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 268
En vigor desde 26 jun 2015
Los titulares de los montes, propietarios de los recursos forestales, serán los responsables de la conservación y mejora de los terrenos forestales de su propiedad en la forma que se establezca en los instrumentos de gestión forestal cuando existan o de acuerdo con las directrices del Plan Forestal de Extremadura, el PORF de su comarca y el resto de normativa sectorial.
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Proeli/es-ex/l/2015/03/24/6#art-268