Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Estructura y organización

Art. 95

En vigor desde 13 feb 2009
1. La orientación educativa se estructurará y organizará en los siguientes niveles: a) La acción tutorial. b) La intervención especializada de carácter psicopedagógico. c) El asesoramiento específico proporcionado al profesorado del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de psicología y pedagogía. 2. Los diferentes niveles en los que se estructura y organiza la orientación educativa se complementan e interrelacionan entre sí, por lo que se potenciará la colaboración y coordinación entre los mismos.
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eli/es-cb/l/2008/12/26/6#art-95

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