Art. 7
En vigor desde 19 abr 2005
1. Se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se pondrá a disposición en internet, con una periodicidad cuatrimestral, la adjudicación de los contratos de publicidad institucional superiores a 30.000 euros que celebre cualquier órgano, entidad o sociedad mercantil incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley, salvo los que celebren las Administraciones Locales andaluzas de menos de 50.000 habitantes.
2. La publicación a la que se refiere el apartado anterior especificará el objeto del contrato, su cuantía y el nombre del adjudicatario.
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Proeli/es-an/l/2005/04/08/6#art-7