Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 50

En vigor desde 19 ene 2005
Si una proposición de ley o una enmienda fuera contraria a una delegación legislativa en vigor, el Consejo de Gobierno podrá oponerse a su tramitación. En cualquier caso, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la Ley de delegación.
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eli/es-mc/l/2004/12/28/6#art-50

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