Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 1 mar 2013
Las ocupaciones de dominio público mediante medios personales de inmuebles afectos a dependencias administrativas existentes antes de 1 de enero de 2011, basadas en título suficiente, vigente o prorrogado de acuerdo a la norma, se seguirán rigiendo por lo dispuesto en su título hasta la extinción de este. En caso de modificación o prórroga del mismo, deberán adaptarse a lo dispuesto en la presente ley. Se añade por el art. 66.1.12 de la Ley 2/2013, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2013-4088 .

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eli/es-ga/l/2003/12/09/6#disposicion-transitoria-tercera

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